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ISR al vender tu casa: cuándo estás exento y cómo se calcula

El impuesto no es sobre lo que vendes, es sobre lo que ganaste. Aquí está la diferencia, la exención de casa habitación y lo que hay que guardar desde hoy para pagar menos.

Revisado el 17 de agosto de 2026

Al vender un inmueble puede haber ISR. Es el impuesto que más sorpresas da, porque mucha gente cree que se paga sobre el precio de venta. No: se paga sobre la ganancia, y la ganancia se calcula de una forma que a tu favor.

Cómo se calcula la ganancia

A grandes rasgos: precio de venta, menos lo que te costó comprarla —actualizado por la inflación, no el número histórico—, menos las mejoras que puedas comprobar con factura, menos los gastos de la venta y los que pagaste al comprarla.

Esa actualización por inflación importa muchísimo. Una casa comprada hace veinte años en una cantidad que hoy suena ridícula no se compara contra el precio de hoy en pesos de entonces: se actualiza con los índices de precios. La ganancia real, calculada así, suele ser mucho menor de lo que la gente teme.

La exención de casa habitación

Si vendes la casa donde vives, puedes quedar exento hasta cierto límite. Las condiciones generales son:

  • Que sea tu casa habitación, y poder demostrarlo. La forma de demostrarlo suele ser con comprobantes a tu nombre en ese domicilio: credencial de elector, estados de cuenta, recibos de servicios.
  • Que no hayas usado la exención en los tres años anteriores. Es una vez cada tres años.
  • Que el monto no rebase el tope en UMAs que marca la ley. Si lo rebasa, la exención aplica hasta el tope y pagas sobre el excedente.

⚠️ El tope se actualiza cada año porque la UMA cambia. No lo tomes de ninguna guía, ni de esta: pregúntalo en la notaría el mes en que vas a vender.

Quien determina, retiene y entera el ISR es el notario. Por eso el cálculo de verdad, con tus números, se hace ahí. Llega con tus papeles y pídeselo antes de firmar, no después.

Lo que tienes que guardar desde hoy

Aquí está la parte accionable, y sirve aunque vendas dentro de diez años:

Guarda las facturas de todo lo que le construyas o le mejores a tu casa. Ampliaciones, barda, techado, cambio de instalación. Con factura, esas mejoras se restan de la ganancia y bajan el impuesto. Sin factura, no existen para el cálculo, por más que se vean.

Guarda la escritura de compra y el recibo de lo que pagaste al comprarla: los gastos notariales y el impuesto de adquisición de entonces también entran.

Es un cajón con papeles que puede valer decenas de miles de pesos el día que vendas. Mucha gente tira esas facturas porque "ya pagó" y después no puede comprobar nada.

Si vendes un terreno

En terreno sin construcción no aplica la exención de casa habitación, porque no vives ahí. Se calcula la ganancia igual —costo actualizado, gastos, mejoras comprobables— y se paga sobre ella.

Lo que no debes hacer

No declares un precio menor al real en la escritura. Es común que alguien lo proponga para pagar menos impuesto. Tiene dos consecuencias feas: cuando tú vendas después, tu costo de adquisición será ese número chico y tu ganancia gravable será enorme, y además es un delito. El ahorro de hoy lo paga con creces el mismo que lo hizo, más adelante.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto ISR se paga al vender una casa en México?

Se paga sobre la ganancia, no sobre el precio de venta. La ganancia es el precio menos el costo de adquisición actualizado por inflación, menos las mejoras comprobables con factura y los gastos de la operación. Quien calcula, retiene y entera el impuesto es el notario, así que el cálculo con tus números se hace ahí.

¿Cuándo estoy exento del ISR al vender mi casa?

Cuando vendes tu casa habitación, puedes comprobarlo con documentos a tu nombre en ese domicilio, no usaste la exención en los tres años anteriores, y el monto no rebasa el tope en UMAs que marca la ley. Si lo rebasa, se paga sobre el excedente. El tope se actualiza cada año: confírmalo en la notaría.

¿Las mejoras a mi casa bajan el impuesto al vender?

Sí, pero sólo si tienes la factura. Las ampliaciones y construcciones comprobadas con factura se restan de la ganancia y bajan el ISR. Sin factura no cuentan para el cálculo aunque se vean. Por eso conviene guardar esas facturas desde que se hace la obra.

¿Conviene declarar un precio menor en la escritura para pagar menos impuesto?

No. Además de ser un delito, te perjudica a ti: cuando vendas después, tu costo de adquisición será ese número bajo y tu ganancia gravable será mucho mayor. El ahorro de hoy lo termina pagando el mismo que lo hizo.

Esto es una explicación general, no asesoría fiscal. El tope de la exención se actualiza cada año y cada caso tiene particularidades: el notario que lleve tu escrituración hace el cálculo definitivo.

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