Es una deducción personal que se reclama en la declaración anual y que mucha gente con crédito nunca ha pedido. Aquí está qué se deduce, qué no, y qué papel necesitas.
Revisado el 17 de agosto de 2026
Si tienes un crédito hipotecario, los intereses reales que pagaste durante el año pueden deducirse en tu declaración anual. Es dinero que te devuelven o que te baja el impuesto, y hay mucha gente que lleva años pagando su casa sin haberlo reclamado nunca.
No se deduce la mensualidad completa. Se deducen sólo los intereses, y no todos: los intereses reales, que son los intereses que pagaste menos el efecto de la inflación del año.
No se deduce el capital, ni los seguros, ni las comisiones. Sólo el interés real.
Tu institución calcula ese número y te da una constancia de intereses reales que dice exactamente cuánto puedes deducir. No lo calcules tú.
⚠️ El tope está en UDIs y la UDI cambia todos los días, así que el equivalente en pesos se mueve cada año. No lo tomes de una guía: la constancia de tu banco ya trae el cálculo aplicando lo que corresponde.
Las deducciones personales tienen un tope global. Los intereses hipotecarios compiten con los gastos médicos, los funerarios y las aportaciones al retiro dentro de un límite total. Si ya juntas mucho por otro lado, puede que no aproveches todo.
Si el crédito es de dos, cada quien deduce su parte según cómo esté el crédito, no como se les ocurra.
Guarda la constancia cinco años. Si el SAT pregunta, es lo que la respalda.
Se puede corregir hacia atrás. Si llevas años sin declarar esta deducción y tenías derecho, se pueden presentar declaraciones complementarias de ejercicios anteriores dentro del plazo que marca la ley. Vale la pena preguntarle a un contador: para alguien con varios años de crédito puede ser una cantidad considerable.
Esto es distinto del ISR que se paga al vender. Aquí estás deduciendo intereses mientras pagas tu casa; allá se grava la ganancia cuando la vendes. Son dos cosas separadas y la gente las mezcla seguido.
Sí, los intereses reales —los intereses pagados descontando el efecto de la inflación— son una deducción personal en la declaración anual, siempre que el crédito sea para casa habitación, esté con una institución autorizada y no rebase el tope en UDIs que marca la ley. Tu banco emite una constancia de intereses reales con el monto exacto.
No. Sólo los intereses reales. No se deduce el capital, ni los seguros, ni las comisiones. La constancia que emite tu institución ya trae el número que sí puedes deducir.
La emite tu banco o instituto a principio de año, normalmente en su portal. Están obligados a dártela, así que si no la encuentras la puedes pedir por teléfono. Muchas veces el dato ya viene precargado en la declaración porque la institución lo informó al SAT.
Se pueden presentar declaraciones complementarias de ejercicios anteriores dentro del plazo que marca la ley. Para alguien con varios años de crédito que nunca lo reclamó puede ser una cantidad considerable, así que vale la pena consultarlo con un contador.
Cada propiedad aquí trae su expediente: qué papeles tiene, qué le falta y cuánto cuesta resolverlo. Está antes de la visita, no después.
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